• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Santa Cruz de Tenerife
  • Ponente: JOSE JUAN SUAY RINCON
  • Nº Recurso: 2622/2025
  • Fecha: 05/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En este caso la Sala considera agravante para imponer la medida de expulsión, los antecedentes penales de indiscutible relevancia, en tanto que derivan de la perpetración además no de uno sino de varios delitos atentatorios contra bienes jurídicos básicos y fundamentales para la convivencia (violencia doméstica y de género) y que han sido objeto de la correspondiente condena en fechas no muy lejanas. Por lo que desestima el recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL DELGADO-IRIBARREN GARCIA-CAMPERO
  • Nº Recurso: 2014/2023
  • Fecha: 05/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se examina la aplicabilidad de la Ley 40/2015 en un procedimiento sancionador iniciado bajo el régimen de la Ley 30/1992, concluyendo que, si bien la sanción fue impuesta con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva normativa, esta resulta aplicable de forma retroactiva en beneficio del sancionado, conforme a lo dispuesto en el artículo 26.2 de la Ley 40/2015 y la jurisprudencia consolidada. Se confirma la reducción de la multa inicialmente impuesta, de 100.001 euros a 10.000 euros, atendiendo al artículo 29.4 de la Ley 40/2015, que faculta a la Administración para imponer la sanción en grado inferior cuando las circunstancias del hecho y su gravedad lo justifiquen. La Sala Tercera destaca que esta previsión normativa supone un avance respecto a la legislación anterior, al ampliar el margen de actuación administrativa para garantizar el principio de proporcionalidad en el ejercicio de la potestad sancionadora, permitiendo que la sanción impuesta se adecue a una infracción de menor gravedad. Dicha interpretación se alinea asimismo con la jurisprudencia nacional y europea que exige la proporcionalidad de las sanciones y la protección efectiva de los derechos fundamentales.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: CRISTINA MARIA PAZ EIROA
  • Nº Recurso: 178/2025
  • Fecha: 04/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala estima en parte el recurso de apelación interpuesto contra sentencia que a su vez estima en parte el interpuesto contra la resolución de la Subdelegación del Gobierno en Ourense de 25/09/2023 que impone a don Saturnino la expulsión del territorio nacional, la cual conlleva aparejada una prohibición de entrada en España por un período de 7 años, indicándole que dicha prohibición se extiende a todos los países firmantes del Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen. La sentencia dice que con anterioridad en el año 2020, se acordó una orden de expulsión que le afectaba con una prohibición de entrada de duración sensiblemente inferior, sin que obre dato alguno de que hayan cambiado o empeorado las circunstancias valoradas entonces. En consecuencia, con estimación parcial del recurso contencioso formulado, se revoca la resolución recurrida en el único sentido de fijar la prohibición de entrada en España por un período de 4 años. No dice por qué elige este período concreto de duración. El apelante argumenta que, con anterioridad a este expediente sancionador de expulsión, existió uno anterior que caducó el día 23/03/2020, en el que fue sancionado con la expulsión y una prohibición de entrada por tres años. La pretensión ha de ser parcialmente estimada, y la duración de la prohibición reducida a tres años por carecer de justificación una duración mayor.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGELES HUET DE SANDE
  • Nº Recurso: 4510/2023
  • Fecha: 04/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Admitido el recurso de casación en materia de extranjería, la Sala señala que para poder acordar la medida de expulsión de territorio nacional como consecuencia de la situación irregular del ciudadano extranjero, debe acreditarse que las circunstancias agravantes que justifiquen y determinan la proporcionalidad de tal medida, en este caso, la indocumentación del interesado al tiempo de su detención y el incumplimiento de una obligación de salida impuesta en una previa resolución administrativa denegatoria de una autorización de residencia por arraigo, hayan sido tenidas en cuenta por la Administración como fundamento de la sanción de expulsión en la resolución sancionadora.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Palmas de Gran Canaria (Las)
  • Ponente: MARIA DE LAS MERCEDES MARTIN OLIVERA
  • Nº Recurso: 224/2024
  • Fecha: 04/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia que declaró ser conforme a derecho resolución autonómica que sancionó al recurrente con multa como responsable de una infracción administrativa consistente en la construcción de muros, movimientos de tierras y excavaciones y acumulación de residuos, material de obras y vehículos, en suelo clasificado y categorizado como Suelo Rústico de Protección Agraria. A juicio del Tribunal la sentencia no incurre en ningún error, simplemente advierte que estamos ante un procedimiento sancionador que no debe confundirse con el procedimiento de restablecimiento de la realidad física alterada, cuestión ésta que resulta trascendental puesto que en el procedimiento sancionador no está previsto, tal y como solicitaba el recurrente, la suspensión hasta que se legalice la actuación urbanística ilegalmente llevada a cabo. Las medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística son independientes de las sanciones que pudieran imponerse por la comisión de infracciones urbanísticas, de la responsabilidad civil o penal en que hayan podido incurrir sus autores o responsables y de los derechos de reparación, indemnización y restitución de terceras personas afectadas por las mismas. En contra de lo alegado en el recurso de apelación, la legalización sí fue valorada por la Administración a los efectos de poder graduar la sanción. Tal y como se contiene en la resolución se llevó a cabo una inspección al lugar por agentes de Medio Ambiente y del resultado de dicha inspección la Agencia concluye que el restablecimiento, si bien se ha iniciado, aún no se ha llevado a cabo en los concretos términos en que fue legalizado. Por ello, concluye que si bien la legalización y la restauración de la realidad física alterada es una circunstancia que podría reducir la sanción (en un 25%), sin embargo, a la fecha actual no hay constancia de que se haya producido la restauración.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 4256/2024
  • Fecha: 04/06/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que plantea interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en determinar si un órgano jurisdiccional puede anular una sanción impuesta por la comisión de la infracción prevista en el artículo 170.Dos.4ª LIVA, consistente en la no consignación en la autoliquidación que se debe presentar por el periodo correspondiente de las cantidades de las que sea sujeto pasivo el destinatario de las operaciones conforme a los números 2.°, 3.° y 4.° del artículo 84.uno, del artículo 85 o del artículo 140 quinque de esta Ley, con fundamento en la vulneración del principio de proporcionalidad, toda vez que el artículo 171.Uno.4º LIVA cuantifica la sanción en un porcentaje fijo de la cuota correspondiente a las operaciones no consignadas en la autoliquidación, y ello sin necesidad de plantear cuestión de inconstitucionalidad sobre este último precepto.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 2003/2023
  • Fecha: 02/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de casación interpuesto frente a sentencia estimatoria de recurso de apelación que revocando sentencia de instancia, desestima recurso contencioso-administrativo interpuesto frente a resolución que acuerda la expulsión del territorio nacional del extranjero en situación irregular conforme a lo dispuesto en el 53.1.a) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero. La Sala reitera que la circunstancia de encontrarse el extranjero en situación irregular sin documentación alguna por la que pudiera ser identificado, plasmada en la resolución administrativa, puede suponer una circunstancia de agravación, para cumplir con el presupuesto de proporcionalidad de la medida de expulsión del territorio nacional del extranjero en situación irregular.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JAVIER AGUAYO MEJIA
  • Nº Recurso: 2050/2023
  • Fecha: 02/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia conoce de la legalidad de una sanción, impuesta como consecuencia de "La adquisición de bienes por parte de sujetos pasivos acogidos al régimen especial del recargo de equivalencia sin que en las correspondientes facturas figure expresamente consignado el recargo de equivalencia, salvo los casos en que el adquirente hubiera dado cuenta de ello a la Administración en la forma que se determine reglamentariamente". En el proceso no se cuestiona que el recurrente sancionado no comunicó a determinados proveedores la necesidad del recargo de equivalencia en las facturas de los bienes o servicios de ello adquiridos, pero que no existió un dolo directo de defraudar. La sentencia motiva que el elemento subjetivo de la culpabilidad no requiere de ese dolo directo de primer grado, sino que igualmente se colma con la negligencia cometida. En cuanto a la posible desproporciónalidad de la sanción fija por cada operación, pone de manifiesto que el fundamento de la demanda se limita a citar unas sentencias recaídas sobre un tipo infractor distinto, sin que colme la seriedad que requeriría la posible inaplicación de una disposición legal por su hipotética contradicción con el Derecho de la Unión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: MARIA BELEN CASTELLO CHECA
  • Nº Recurso: 444/2024
  • Fecha: 30/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se trataba de caso en el que, notificado regularmente al contribuyente el requerimiento por el que se le indicaba que a la Administración Tributaria actuante no le constaba la presentación de determinada declaración informativa, resumen anual, posteriormente se presentó la citada declaración, constituyendo tales hechos la infracción tributaria consistente en no presentar en plazo autoliquidaciones o declaraciones sin que se produzca perjuicio económico; y ello aun cuando se tratase de una declaración informativa anual para los datos de alquiler de local y oficina y cuyo importe mínimo estaba preconfigurado legalmente.Pues bien, rechazado por la sentencia que el acuerdo sancionador carecira de motivación suficientemente indicativa de la concurrencia de culpabilidad en el contribuyente del caso, seguidamente afronta el problema del derecho al error, sobre el que señala que ni la infracción sancionada estaba comprendida en el Plan de la Administración actuante que había reconocido ese derecho ni tampoco se trataba de la existencia de error, sino de la falta de presentación en plazo de la declaración en relación con el resumen anual. Por último, la sentencia también rechaza la tesis de la posible vulneración del principio de proporcionalidad, destacando al respecto que no cabe la posibilidad de que ese principio quede vulnerado en caso como el que se había dado, esto es, cuando la sanción impuesta había sido precisamente la minima prevista para la infracción sancionada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: LUIS ALBERTO GOMEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 95/2025
  • Fecha: 30/05/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se resuelve este litigio con aplicación de la doctrina jurisprudencial derivada de reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo que supone rescatar la doctrina tradicional de nuestros tribunales sobre la aplicación del principio de proporcionalidad en los supuestos de simple estancia irregular, de manera tal la expulsión se considera la consecuencia única de la estancia irregular aunque se exige una valoración de las circunstancias concurrentes ya que, a la postre, la expulsión requiere una motivación específica, y distinta o complementaria de la pura permanencia ilegal . El propio Tribunal Supremo analiza en su sentencia de 18 de septiembre de 2023, RC 2251/2021, alguna de la casuística al respecto de los datos negativas o positivos que pudieren justificar o no la expulsión, señalando que deben constar en la resolución que acuerda la expulsión. En el caso que decide considera que no existen datos negativos que avalen la expulsión.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.